(DID)
Los abajo firmantes,
CONSCIENTES de que Iberoamérica atraviesa una crisis estructural de endeudamiento que ha dejado de ser un fenómeno económico para convertirse en un problema social, moral y civilizatorio;
ADVERTIDOS de que amplios sectores de la población viven sometidos a dinámicas de deuda perpetua, usura encubierta y prácticas de cobro que vulneran la dignidad humana, la estabilidad familiar y la paz social;
RECONOCIENDO que el derecho positivo, cuando se desvincula de la justicia natural, puede convertirse en instrumento de opresión en lugar de garantía de equilibrio;
AFIRMANDO que ninguna sociedad es verdaderamente libre cuando sus ciudadanos quedan atrapados de forma indefinida en relaciones financieras estructuralmente impagables;
PROCLAMANDO el Derecho a la Redención como principio jurídico superior, entendido como la facultad de toda persona a liberarse razonablemente de la deuda cuando esta ha perdido su función económica legítima;
RECUPERANDO el espíritu histórico y universal del Año de Gracia o Jubileo, como fundamento de justicia social, restauración del equilibrio y reconciliación entre economía y humanidad;
DECLARAN constituida la DEFENSORÍA IBEROAMERICANA DEL DEUDOR (DID), como organización supranacional de carácter civil, ético y jurídico, destinada a la defensa integral del deudor en el espacio iberoamericano, bajo los siguientes artículos fundacionales:
Se constituye la Defensoría Iberoamericana del Deudor (DID) como una organización de naturaleza supranacional, civil y ética, integrada por despachos jurídicos, profesionales del derecho y entidades afines comprometidas con la defensa de la dignidad humana frente al abuso financiero.
La DID actúa con vocación internacional, respetando la soberanía de los Estados y la diversidad de los ordenamientos jurídicos nacionales, sin perjuicio de promover principios comunes de justicia material.
Se establece como Secretaría Promotora y Sede Originaria de la Defensoría Iberoamericana del Deudor a la ciudad de Machala, República del Ecuador, desde donde se impulsa su desarrollo institucional, doctrinal y estratégico, bajo el liderazgo fundador de COBRAPOCO.
La Defensoría Iberoamericana del Deudor tiene por objeto:
a) La protección integral del deudor como sujeto de derechos, frente a prácticas financieras abusivas, desproporcionadas o deshumanizantes.
b) La unificación de criterios éticos y jurídicos de defensa, promoviendo estándares comunes de actuación profesional en el ámbito iberoamericano.
c) El combate sistemático contra la usura, la opacidad contractual, el acoso financiero y toda forma de esclavitud económica moderna.
d) La promoción de una cultura jurídica orientada a la resolución definitiva del conflicto de deuda, y no a su perpetuación.
La DID adopta como norma suprema de conducta para todos sus miembros el Decálogo del Defensor del Deudor, que proclama, entre otros, los principios de:
– Dignidad humana sobre el capital
– Distinción entre deuda justa y esclavitud moderna
– Condena de la usura, aun cuando vista de legalidad
– Derecho a la redención y a la segunda oportunidad
– Justicia en el trato y prohibición de la coacción
– Transparencia contractual absoluta
– Defensa jurídica como bien social
– Protección del patrimonio familiar
– Responsabilidad compartida en el crédito
– Orientación hacia la nueva oportunidad y la paz económica
Dicho Decálogo constituye el núcleo doctrinal de la Defensoría y es de cumplimiento obligatorio para todos los despachos adheridos.
La membresía en la Defensoría Iberoamericana del Deudor se adquiere por adhesión voluntaria y pública, mediante la aceptación expresa del presente Acta Fundacional, del Decálogo Ético y de los protocolos institucionales vigentes.
No se requiere tratado estatal ni autorización gubernamental para la adhesión, en virtud del carácter civil y ético de la organización.
La DID se concibe como una red abierta y expansiva, facilitando su crecimiento internacional mediante la incorporación progresiva de despachos comprometidos con sus principios.
Los despachos adheridos se comprometen a implementar el Sello de Autoridad DID como distintivo visible de pertenencia y garantía ética ante la ciudadanía.
Asimismo, asumen el compromiso de utilizar de forma coherente y responsable la denominación “Defensoría del Deudor” en su comunicación institucional, fortaleciendo su reconocimiento como categoría jurídica legítima.
Los miembros deberán establecer vinculación digital recíproca con la plataforma institucional de la DID, mediante enlaces web de carácter do-follow, contribuyendo a la construcción de autoridad supranacional, visibilidad doctrinal y cohesión de la red.
La DID declara como meta estratégica la promoción del Año de Gracia, entendido como principio jurídico orientado a la condonación, reestructuración o extinción digna de deudas estructuralmente impagables.
La Defensoría trabajará para impulsar reformas legislativas, criterios jurisprudenciales y políticas públicas que reconozcan el derecho a la segunda oportunidad, en armonía con la dignidad humana y la estabilidad social.
Ninguna deuda deberá ser concebida como perpetua; toda obligación económica debe admitir un horizonte razonable de cierre.
En fe de lo cual, el presente Acta Fundacional de la Defensoría Iberoamericana del Deudor (DID) es suscrita por los representantes de los despachos adherentes, comprometiéndose a su fiel cumplimiento y difusión.
Lugar (País y Ciudad): ___________________________
Fecha: __________________________________________
Nombre del Despacho: ____________________________
Nombre y Firma del Representante: ________________
Sello del Despacho: ______________________________
DEFENSORÍA IBEROAMERICANA DEL DEUDOR
Dignidad sobre la deuda. Redención frente al abuso.