Los derechos del deudor constituyen un conjunto de garantías jurídicas orientadas a equilibrar la relación entre acreedor y deudor, reconociendo la asimetría existente en los procesos de financiamiento, cobro y ejecución.
La Defensoría del Deudor promueve una interpretación integral de estos derechos, en armonía con los ordenamientos jurídicos nacionales y los principios generales del derecho, con el fin de evitar abusos, excesos o prácticas desproporcionadas.
El deudor tiene derecho a recibir información completa, comprensible y verificable sobre las condiciones de su obligación, incluyendo intereses, comisiones, plazos, consecuencias del incumplimiento y eventuales mecanismos de renegociación.
Toda acción de cobro debe guardar relación razonable con el monto adeudado, evitando medidas intimidatorias, desproporcionadas o que generen un perjuicio mayor al estrictamente necesario para la satisfacción del crédito.
El deudor tiene derecho a no ser sometido a hostigamiento, amenazas, presión indebida o métodos de cobranza que vulneren su intimidad, su estabilidad emocional o su reputación personal y profesional.
Toda persona endeudada tiene derecho a acceder a mecanismos de defensa jurídica adecuados, a oponerse a cobros ilegítimos y a cuestionar cláusulas abusivas o ilegales, sin que ello implique una presunción de mala fe.
Los bienes indispensables para la subsistencia digna del deudor y su núcleo familiar deben gozar de protección especial frente a procesos de ejecución, de conformidad con los límites establecidos por la ley y los principios de humanidad y razonabilidad.
El deudor tiene derecho a que su situación sea evaluada de manera integral, permitiendo mecanismos de renegociación, reestructuración o alivio financiero cuando el cumplimiento estricto de la obligación resulte materialmente imposible o socialmente injusto.
Las gestiones de cobro y los registros de información crediticia deben respetar la privacidad del deudor y su derecho al buen nombre, evitando exposiciones indebidas, estigmatización o afectaciones reputacionales desproporcionadas.
La Defensoría del Deudor impulsa el reconocimiento y la aplicación efectiva de estos derechos como parte esencial de un sistema financiero equilibrado, donde el crédito cumpla su función social sin convertirse en un instrumento de exclusión o sometimiento económico.